Desde 1988 empezaron las reformas en Oaxaca para reconocer su carácter multicultural, multiétnico y multilingüístico. Había un movimiento indigenista muy fuerte que pedía el reconocimiento de la realidad de estos pueblos. Aquel año, el Congreso de Oaxaca aprobó la Ley de Derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas, que reconoce la existencia de 15 pueblos indígenas. La nueva normativa no era ajena a la rebelión zapatista que comenzó cuatro años antes en el Estado de Chiapas.
La ley contempla “la existencia de sistemas normativos internos de los pueblos y comunidades indígenas con características propias y específicas en cada pueblo, comunidad y municipio del Estado, basados en sus tradiciones ancestrales y que se han transmitido oralmente por generaciones, enriqueciéndose y adaptándose con el paso del tiempo a diversas circunstancias”.
Estas normas especiales no podrán estar nunca en contradicción con la Constitución del Estado, las Leyes Estatales o los Derechos Humanos. Pero las mujeres no están contempladas en este sistema de gobierno ancestral, no cuentan. El Estado incluyó nuevas normas que asegurarían la superación, realización y respeto de la dignidad de las mujeres. Al mismo tiempo insta a estas comunidades indígenas a impulsar la participación plena de las mujeres en la vida política, económica, social y cultural de las mismas.
Pero la realidad es distinta, en palabras de la antropóloga Margarita Dalton en la sociedad oaxaqueña “las mujeres no participan mucho, sean o no de comunidades indígenas”.
Dentro de los usos y costumbres indígenas, las autoridades elegidas por las comunidades, podían decidir hasta hace menos de dos años aplicar una pena atenuada a un hombre que cometía un homicidio de honor contra su mujer. Es decir “de las dos terceras partes del mínimo a las dos terceras partes del máximo o de la sanción que corresponda a un homicidio simple intencional”. Las esposas, por el contrario, si sorprendían a su cónyuge en un acto carnal y le daban muerte, podían enfrentarse hasta a 30 años de prisión por el mismo delito.
En este marco aparece Eufrosina Cruz Mendoza, de 27 años, luchadora por los derechos de las mujeres a participar en la vida política de su comunidad.
Desde el 4 de noviembre, esta joven de la etnia zapoteca libra una batalla desigual que ha puesto sobre la mesa los abusos de la tradición ancestral de usos y costumbres en las comunidades indígenas. O como ella acostumbra a decir en un tono más que sarcástico abusos y costumbres...
De los 570 municipios de Oaxaca, 418 se rigen por esas prácticas milenarias, y en un centenar la palabra mujer no existe en las leyes comunitarias, lo que le impide votar y participar como candidata en las elecciones municipales.
En México existen 62 pueblos y comunidades indígenas, aunque en el país se hablan más de 85 lenguas y sus respectivas variantes. La población indígena asciende a 13 millones de personas, que representan el 12% de todos los mexicanos. La mayoría se concentran en Oaxaca, Guerrero y Chiapas, los Estados más pobres y con los índices de desarrollo humano y social más bajos de toda la república. En Oaxaca hay más de 15 grupos étnicos, como los zapotecos, chontales, mixtecos y triquis, y se hablan 16 lenguas indígenas.
Y Eufrosina dice: "Tengo a mis padres que viven allí, veo la tristeza, la injusticia en las caras de las mujeres, veo sus manos endurecidas... Las tengo grabadas en mi mente"
El nuevo alcalde: "Para la señora Eufrosina, todo mi respeto (...) Lamentablemente, sólo pudieron votar los hombres".
Fuente: El País, The Narco News Bulletin, aquioaxaca,Ñuu Nkanta´a, jacketmagazine, procesofoto, usw
miércoles, 13 de febrero de 2008
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